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Por: Félix-Nguema MBA AFNG,
Magistrado del Tribunal de Apelación de la Región Insular
Queridos compañeros de profesión, no quisiera iniciar esta breve reflexión sin antes hacer mías las palabras pronunciadas por el Vicepresidente del Consejo Superior del Poder Judicial y Presidente de la Corte Suprema de Justicia de nuestro país en su modesto artículo titulado “La evolución de la Administración de Justicia de la República de Guinea Ecuatorial: de la época colonial al S. XXI”. En uno de los párrafos señala: “…los investigadores de la historia de las instituciones jurídicas de nuestro País no pueden esconder el inmovilismo actual de los profesionales de las ciencias jurídicas ecuatoguineanos que brillan por la falta de artículos de derecho ni libros…o demás materias escritos por Letrados ecuatoguineanos. Situación que puede explicar el estancamiento actual de la obra codificadora en nuestro país”. Por eso, y en cualquier caso, como profesional de las ciencias jurídicas de este país, me propongo presentar este modesto artículo que en el fondo es una reflexión sobre el papel y la importancia del Juez en la sociedad.
El nuevo siglo y el nuevo milenio debe ser un tiempo de renovación, y también, de una nueva Administración de Justicia. No se trata de cambiar el concepto tradicional y natural de lo que es justo o injusto, pero sí que hay que ir hacia una forma de aplicación y de interpretación de las normas, más abierta, más acorde con la realidad social de cada país y del hombre de hoy que necesita de la justicia y de una organización estatal que sólo tiene auténtico porvenir desde el Estado de derecho, cuyos garantes custodios son los jueces.
Para ello, se ha de buscar, por tanto, un Juez humano formado, metido en cuantos problemas afectan a la sociedad que le rodea, consciente de que tiene una vocación especial que constituye algo más que un medio de vida o una profesión. Es un llamado a defender la Ley, y de forma especial, a los más necesitados del amparo legal, como los ausentes, los desaparecidos, los incapaces, las personas marginadas y aquellas que aunque hayan cometido errores en su vida, debe ayudárseles a encaminarse hacia un futuro de convivencia en esa sociedad de paz y justicia que los nuevos Jueces tienen de alguna forma que transmitir. No se ha de olvidar que aquello que guarda el interior de nuestro corazón, de alguna forma es recibido por los demás. El que está inquieto, el que tiene espíritu de revancha, transmite inquietud y guerra, pero el que en su interior goza de paz y sentido de lo verdaderamente justo, transmite. paz y justicia
La auténtica función judicial no se aprende solamente en textos jurídicos y en obras de gran valor científico, sino que tiene que estar unida a la experiencia y riqueza de la vida, a sus miserias y a sus grandezas. El Derecho, en sí mismo, es la vida de las personas; entre el nacimiento y la muerte se producen una serie de figuras reguladas por la Ley: los derechos y relaciones paterno-filiales, el matrimonio, el trabajo, el contrato, los medios de vida, el delito, etc. Consecuentemente, un Juez debe estar inserto en la vida diaria, en el momento que le ha correspondido vivir, actuando intensamente sobre el presente que tiene en sus manos. Es un error renunciar a aspectos de estudio, teoría y riqueza vital, sustituyéndolos exclusivamente por un sentido práctico de lo que puede hacer un Juez. La práctica que se sustenta en una buena formación da excelentes autos. No así la que carece de aquellos principios de la vida a los que hemos hecho referencia.
Al hablar de función judicial, preferiría cambiar el término por el de «misión del Juez». Función es la acción y ejercicio de un empleo o cargo. Misión es poder y facultad para desempeñar un cometido. En la labor judicial, el cometido está por encima del cargo. El diccionario académico, en una de sus acepciones, habla de «la misión» como acción de enviar. Transmitir la buena nueva a quien la necesite. Eso es, exactamente, el trabajo fundamental de un Juez: ser un enviado a la vida diaria para transmitir la buena noticia de una sociedad de justicia y de un Estado de derecho sin discriminaciones, que se hace y forma diariamente, en la vida profesional de Jueces y Magistrados. Es, precisamente, la efectividad de la Justicia la máxima aspiración de los pueblos cultos. Una de las más antiguas Compilaciones del mundo, las Leyes de Manu, dicen que la Justicia es el único amigo que acompaña a los hombres después de la muerte, pues todo otro afecto está sometido a la misma destrucción del cuerpo. Y si la Justicia es imperecedera, si el hombre lleva en sí este sentimiento, es indudable que al tratar de plasmar dicho sentir en una acción humana, no puede considerarse como mera función, simple actuación de funcionario, sino como verdadera misión trascendente, fundamental y esencialísima dentro de la organización de la sociedad. Goldschmidt dice que la virtud de la Justicia, lejos de ser sólo una virtud moral, es más bien una virtud intelectual y posee repercusiones sobre la voluntad. Cuando el Juez es consciente de esa misión y de esa virtud, aprende que la norma jurídica le dará la pauta a seguir de la que no debe salirse, pero sin imponerle barreras infranqueables ni limites rígidos. Porque hay que tener presente que la Justicia no es la aplicación estricta de las normas, sino la actualización del derecho positivo a un caso concreto y a un momento histórico determinado. En este sentido, la misión del Juez se acerca al orden legislativo sin invadirlo, puesto que tiene que adaptar las normas legales a la cuestión debatida. Esa actividad intelectual del Juez, se dirige al hombre. No hay máquina ni puede haberla capaz de suplir los elementos volitivos e intelectuales que logra aportar la criatura humana. De ahí que el hombre convertido en Juez, sea el elemento fundamental, la figura central del proceso, hasta el punto que se ha llegado a afirmar que más que buenas o malas leyes, lo que hay son buenos o malos Jueces.
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